COMUNICADO
INFORMATIVO DE LAS CARENCIAS DEL COMITÉ DE EMPRESA
El
pasado 20 de diciembre de 2013 el Comité de Empresa de Málaga remite a RRHH un
escrito con los nombres de algunos
compañeros que han remito un documento al Comité de Empresa de Málaga,
siguiendo las recomendaciones de ciertos sindicatos, los cuales, no hacen otra
cosa que seguir la instrucciones dadas por la empresa en el escrito remitido al
Comité el 5 de diciembre. (Dichos documentos están a disposición del compañero
que lo precise).
El
escrito del 20 de diciembre, remitido por el Comité de Empresa a RRHH, lo
consideramos insuficiente e injusto, puesto que todos los compañeros parten del
mismo acoplamiento, con las mismas condiciones y características, existiendo en
nuestra Normativa Laboral un procedimiento para estos casos, en los que
Telefónica y sus sindicatos una vez más se lo quieren pasar por alto.
Con este escrito el Comité de Empresa de
Málaga (que es el motivo por el que se realiza este comunicado) no tiene en
cuenta las preferencias previstas en el artículo 151 de nuestra Normativa
Laboral, lo que provoca una clara discriminación entre unos trabajadores/as y
otros, por otro lado, dado el volumen
del personal afectado, mitiga el efecto que supondría que todo este personal tenga
preferencia al solicitar un cambio de acoplamiento y le echan una mano a la
empresa, al intentar que se signifiquen los compañeros ante la misma, cuando no
existe la necesidad de ello, ni de realizar ninguna reclamación para que se
respeten sus derechos, puesto que ya está establecido. Intentando estos sindicatos realizar un lavado de cara que justifique
su acción y atenuando los efectos de una actuación sindical correcta.
Por esta razón no podemos suscribir este escrito,
por discriminatorio, puesto que consideramos tres puntos justos y recogidos en
nuestra Normativa y legislación:
1.
Que dicha restructuración debe
de englobar a todos los afectados.
2.
En un primer momento se debe de
pedir voluntarios para ocupar los distintos puestos de trabajo. En caso de no
existir voluntarios o que estos sean insuficientes, se debe de recurrir a las
preferencias recogidas en el artículo 151 de nuestra Normativa Laboral para tal
efecto.
3.
Se debe de resolver en un primer
momento los cambios de acoplamiento solicitados en el año, puesto que tenemos
constancia de su existencia.
Añadir
la importancia que tiene cualquier cambio de acoplamiento, ponemos por ejemplo,
lo recientemente sucedido en Madrid, donde la empresa quita los incentivos a unos
compañeros a los que manteniendo la actividad y las condiciones laborales, simplemente
les cambia de Dirección.
Por tanto, dado que se ha hecho mal por
parte del Comité de Empresa, pedimos a todos los compañeros que firmen la hoja
que pasamos, solicitando la comunicación
por escrito y la regularización de nuestro nuevo acoplamiento, dado que la
empresa y el resto de sindicatos no nos dejan otra opción, ni salida, para
defender nuestros derechos.
¡¡LOS
DERECHOS NO SE VENDEN, SE DEFIENDEN!!
CONTRA
LA NEGOCIACIÓN
PERMANENTE :
¡¡MOVILIZACIÓN
PERMANENTE!!
y además: ¡¡ÁLVARO READMISIÓN YA ¡!